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Comisión de Ordenación Académica

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Composición

Presidente/a: Director/a del centro.

Secretario/a: Secretario/a del centro.

Vocales:

  •  Subdirector/a  que  ejerce  la  Jefatura  de  Estudios y Ordenación Académica  (que  actuará  como presidente en caso de delegación o ausencia del Director/a)
  • Subdirector/a o Adjunto/a con atribuciones en Investigación.
  • Subdirector/a Adjunto/a, con atribuciones en Relaciones Internacionales.
  • Subdirector/a o Adjunto/a con atribuciones en Calidad.
  • Subdirector/a o Adjunto/a con atribuciones en Relaciones con Empresas.
  • Los/as Coordinadores/as de Titulaciones de Grado,
  • 1 representante del PDI, del   Departamento  de   Ingeniería   Eléctrica,   Electrónica, Automática y Física Aplicada, designado por su Consejo de Departamento.
  • 1 representante del PDI, del Departamento de Ingeniería Mecánica, Química y Diseño Industrial, designado por su Consejo de Departamento.
  • 1 representante del PDI, adscrito al Centro, de cada uno de los otros Departamentos con docencia asignada en la Escuela, designados por su Consejo  de Departamento
  • 5 estudiantes, designados por la Delegación de Estudiantes y matriculados en diferentes titulaciones oficiales de las impartidas en el Centro.
  • 1 representante del PTGAS designado por la Dirección.

Funciones

Son funciones de la Comisión de Ordenación Académica:

  • Informar la programación docente propuesta por los Departamentos para las correspondientes enseñanzas del Centro y proponer a la Junta de Escuela su organización y la distribución de las evaluaciones y exámenes
  • Organizar con los Departamentos, cuando así lo acuerde la Junta de Escuela, un sistema de tutela de la actividad académica de los estudiantes matriculados en enseñanzas de Grado.
  • Para las titulaciones de Grado, valorar los posibles casos de solape de contenidos de disciplinas, o de lagunas en los requisitos de asignaturas posteriores.
  • Mediar en los conflictos derivados de la actividad docente propia de las enseñanzas de Grado.
  • Informar a la Junta de Escuela mediante los Informes de Titulación de seguimiento de las titulaciones de Grado.
  • Las que explícitamente se le asignen en las memorias verificadas de las Titulaciones.
  • Asumir cualquier competencia que la Junta de Escuela delegue en ella o le asigne y la normativa le confiera.

 

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