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Comisión Académica de Postgrado

Composición

Presidente/a: Director/a del Centro

Vicepresidente/a: Subdirector/a de Ordenación Académica

Secretario/a: Secretario/a Académico del Centro. 

Vocales:

  • Subdirector/a o Adjunto/a con atribuciones en Investigación.
  • Subdirector/a o Adjunto/a con atribuciones en Relaciones Internacionales.
  • El Subdirector/a o Adjunto/a con atribuciones en calidad.
  • Los Coordinadores/as de cada uno de los Másteres Universitarios adscritos a la Escuela.
  • 2 representantes del PDI, del Departamento de Ingeniería Eléctrica, Electrónica, Automática y Física Aplicada, designados por su Consejo de Departamento.
  • 2 representantes del PDI, del Departamento de Ingeniería Mecánica, Química y Diseño Industrial, designados por su Consejo de Departamento.
  • 2 representantes del PDI, del Departamento de Matemática Aplicada a la Ingeniería Industrial, designados por su Consejo de Departamento.
  • 1 representante del PDI, del Departamento de Ingeniería de Organización, Administración de Empresas y Estadística, designado por su Consejo de Departamento.
  • 1 representante del PDI, del Departamento de Lingüística Aplicada a la Ciencia y a la Tecnología, designado por su Consejo de Departamento.
  • 2 Estudiantes de las tituciones de Máster Universitario de la Escuela, designados por la Delegación de Estudiantes.
  • 1 Representante del PTGAS designado por la Dirección.

Funciones

Son funciones de la Comisión Académica de Postgrado:

  • Organizar con los Departamentos, cuando así lo acuerde la Junta de Escuela, un sistema de tutela de la actividad académica de los estudiantes matriculados en las enseñanzas de Máster Universitario.
  • Para las titulaciones de Máster Universitario, valorar los posibles casos de solape de contenidos de disciplinas, o de lagunas en los requisitos de asignaturas
  • Mediar en los conflictos derivados de la actividad docente propia de las enseñanzas de Máster Universitario afectadas.
  • Aprobar y supervisar los procesos de admisión de estudiantes de Máster Universitario de acuerdo con la normativa UPM.
  • Aprobar la asignación de complementos formativos a los estudiantes de Máster Universitario cuando proceda.
  • Hacer seguimiento de los contenidos y resultados de la actividad académica e informar a la Junta de Escuela mediante los Informes de Titulación, para las titulaciones de Máster Universitario.
  • Las que explícitamente se le asignen en las memorias verificadas de las titulaciones de Máster Universitario.
  • Asumir cualquier competencia que la Junta de Escuela delegue en ella o le asigne y la normativa le confiera.

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